PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA ADULTOS VARONES
SUMARIO:
Programa Provincial de PROMOCIÓN DEL EMPLEO. Se crea el Programa de Inclusión Laboral PARA ADULTOS VARONES (PILA). Objeto. Facilitar la transición hacia el empleo formal de adultos varones desempleados que tengan 25 años. Autoridad de Aplicación.
Considerando
Que en el marco de las prescripciones de la Constitución Provincial, el Gobierno de la Provincia desarrolla diferentes Programas de Empleo destinados a promover la inserción en el mercado laboral de universos poblacionales caracterizados por problemáticas específicas.
Que la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo se encuentra implementando los Programas "Primer Paso" y "Primer Paso Aprendiz", normados por la Ley N° 10.236 y el Decreto N° 840/16, destinados a la realización de prácticas de capacitación en ambientes de trabajo para jóvenes de 16 a 24 años inclusive, el Programa "PorMí" creado por Decreto N° 1496/16 que, con igual metodología, promueve la inserción laboral de mujeres mayores de 25 años que se encuentren desocupadas y, finalmente, desarrollando acciones, trayectos y cursos, a través del Sistema Provincial de Formación Profesional y Capacitación Laboral previsto por la Ley N° 10.251.
Que de la experiencia adquirida en la ejecución de las diferentes políticas precitadas, se advierte la necesidad de generar un nuevo programa que contemple la problemática de la población de varones mayores de 25 años desempleados que, en muchos casos, requieren de una recalificación de competencias laborales que se han tornado obsolescentes ante el avance de los progresos tecnológicos en el ámbito productivo.
Que asimismo, atento la especificidad de la problemática abordada y habida cuenta que la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo actúa como autoridad de aplicación del "Programa Provincial de Promoción del Empleo" creado por Decreto N° 840/16, se estima conveniente encomendar a dicha Jurisdicción la reglamentación del Programa de Inclusión Laboral para Adultos Varones -"PILA"- para determinar las condiciones y requisitos de acceso al mismo, cupos de beneficiarios, monto de la asignación económica a brindar y los demás aspectos operativos necesarios para el ejecución de aquél.
Por ello, normativa citada y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA
Artículo 1°.- CRÉASE el Programa de Inclusión Laboral para Adultos Varones -"PILA"- como modalidad y parte integrante del Programa Provincial de Promoción del Empleo.
Artículo 2°.- El Programa de Inclusión Laboral para Adultos Varones tiene por objeto facilitar la transición hacia el empleo formal de adultos varones desempleados que tengan 25 años al momento de iniciar la práctica, mediante la realización de procesos de capacitación y entrenamiento en ambientes de trabajo de empresas y/o empleadores privados con la finalidad de desarrollar actitudes, conocimientos y habilidades que aumenten la empleabilidad del beneficiario.
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, como Autoridad de Aplicación del "Programa Provincial de Promoción del Empleo", para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la implementación del Programa de Inclusión Laboral para Adultos Varones - "PILA", así como para determinar los cupos de beneficiarios y el monto de la asignación económica a otorgar a los mismos, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la jurisdicción.
Artículo 4°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente instrumento.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado y firmado por la señora Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo.
Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Firmantes: FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ALEJANDRA VIGO, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO - DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
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