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LA CORTE AMPLÍA EL MONTO PARA LA APELABILIDAD DE LAS SENTENCIAS DEFINITIVAS
Enviado el 01/02/2017
SINTESIS
Adecua el monto fijado en el segundo párrafo del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para la apelabilidad de las sentencias definitivas, en el importe de noventa mil pesos ($90.000.-), entrando en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, para las demandas o reconvenciones que se presenten desde esa fecha.
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