GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN-NIÑO ENTREGADO POR LA PROGENITORA-AUSENCIA FAMILIA BIOLÓGICA-INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
SUMARIO:
"Corresponde revocar la resolución que rechaza in limine la solicitud de guarda con fines de adopción de un niño que ha sido entregado por la madre a la peticionante a los dos días de su nacimiento, toda vez que no surge de autos elemento alguno que lleve a sospechar que el niño fue "vendido" por la madre a la solicitante de guarda, sino que solo hubo contacto entre ellas intermediado por la hermana de la madre del niño -compañera de trabajo de la actora cuando esta cursaba el séptimo u octavo mes de embarazo, máxime cuando en la resolución apelada se hace especial hincapié en que el CCC impide que un niño sea otorogado a una persona con fines de adopcion si existen familiares que puedan hacerse cargo dle mismo, pero en el caso de autos ese familiar no existe."