Inc. de apelación de ACUBA –Camuzzi Gas Pampeana SA- Estado Nacional en autos A.C.U.B.A. y otros c/ Camuzzi Gas Pampeana SA y otro s/ Ley de defensa del consumidor
Aumento tarifario. Confirma parcialmente la medida cautelar que dispuso la suspensión de los incrementos en el régimen tarifario establecidos por la resolución Enargas 2844/2014, y revoca en cuanto impone que sobre los aumentos facturados y abonados voluntariamente a la fecha de la notificación de la cautelar debe tenérselo por pagado a cuenta, reintegrándose su monto el cual debe ser descontado en las próximas facturaciones hasta su compensación total. Considera que la decisión impugnada pone en serio peligro la continuidad prestacional del servicio por parte de la empresa distribuidora, en un obrar claramente limitado por lo dispuesto en el Art. 195, 3º párrafo del CPCCN, a través de una medida que, en principio, resulta coincidente con la resolución del fondo del litigio.
Fuente: Infojus