SE CIERRA LA CUENTA CORRIENTE
SUMARIO:
La Cámara Federal de Córdoba rechazó una medida cautelar solicitada por una empresa que pretendía que se suspenda la decisión de la entidad financiera de cerrar la Cuenta Corriente a su nombre.
La empresa encuadro su pretensión jurídica dentro de los parámetros de la Ley de Defensa del Consumidor, había denunciado que la decisión del BNA lo lesionaba porque afectaba su derecho a la igualdad, propiedad, trabajar y ejercer industria lícita, comerciar y asociarse con fines útiles.
“La potestad que -en el caso- le asiste al Banco para disponer el cierre de la cuenta corriente, constituye un presupuesto básico de la libertad de contratación y de la autonomía de la voluntad”, indicaron los magistrados al rechazar la apelación presentada por la actora.