LOS ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PAGAN SUS OBLIGACIONES PREVISIONALES A TASA PASIVA
Un fallo judicial impone la tasa “pasiva” de interés aplicable a las deudas previsionales de los abogados bonaerenses con su Caja de Previsión. Fue tras un reclamo de un abogado de la matrícula de Junín interponiendo su acción en el Depto Judicial de Pergamino. Recién iniciada la acción, el magistrado ya había dispuesto la conversión “de oficio” del reclamo en una acción colectiva.
Los intereses que le buscaba cobrar la Caja de Previsión Social de Abogados de la Provincia de Buenos Aires al letrado se transformó en un hecho que lo superó: El juez Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Pergamino Luciano Savignano hizo lugar a su reclamo y lo extendió a todos los letrados bonaerenses que mantengan deudas con la caja.
El fallo dictado dispone que la deuda que mantiene el letrado en concepto de “Cuota Anual Obligatoria” ‘la famosa “CAO”- correspondiente a los años 2012, 2013, 2014 y 2015, deberá ser actualizada a la “Tasa Pasiva”. Ello, de acuerdo a los parámetros del artículo 24 de la Ley N°6.716 y conforme la “doctrina legal” de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en lo que hace a la “actualización de honorarios”.
El magistrado de Pergamino también había dictado una cautelar para impedir el aumento de la “CAO”, atendiendo el reclamos del letrado, quien denunció que la Caja “aplica a los créditos impagos de sus afiliados la tasa activa que emplea el Banco de la Provincia de Buenos Aires para ‘Restantes operaciones en pesos’, es decir, la más alta de las que utiliza el banco provincia”.