RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR SU OBRAR NEGLIGENTE ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL
SUMARIO:
La Suprema Corte de Justicia resolvió rechazar el referido recurso interpuesto por la parte actora y confirmar la sentencia impugnada en cuanto fue materia de debate.
El Juzgado Contencioso Administrativo n° 3 de La Plata hizo lugar parcialmente a la pretensión indemnizatoria articulada por el Dr. Cruz quien responsabiliza, mediante acción judicial, a la Provincia de Buenos Aires por los daños ocasionados por una falta de servicio que vinculó con el procedimiento de selección llevado a cabo ante el Consejo de la Magistratura y demás órganos previstos en la Constitución para la designación de magistrados, por el cual el accionante había sido ternado y luego nombrado por el Poder Ejecutivo en el cargo de Agente Fiscal Titular del Departamento Judicial de Mar del Plata, determinaciones que al cabo de un proceso de amparo promovido por otro postulante, el doctor Marcelo Zarlenga -quien consideró dichos actos carecían de validez y afectaban sus derechos-, fueron declarados ilegítimos por esta Suprema Corte (Causa B. 62.241, "Zarlenga", sent. de 27-XII-2002)