fallos
| Civil
Federales \ Corte Suprema de Justicia de la Nación
12/09/2017
RECHAZA LA CORTE RETIRAR DE INTERNET DATOS PERSONALES
Enviado el 03/10/2017
SUMARIO:
La actividad del buscador de internet importa el ejercicio pleno y regular de la libertad de expresión constitucionalmente protegida y resulta razonable admitir que los motores de búsqueda -que carecen de control sobre el contenido proveniente de un tercero potencialmente dañoso y, por lo tanto, de evitar la consumación de un perjuicio derivado de su difusión- solo responden civilmente por el contenido que les es ajeno cuando toman efectivo conocimiento de la ilicitud de ese contenido y ese conocimiento no es seguido de un actuar diligente.
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