RIESGOS DEL TRABAJO: Amparo de Asociación de Conciliadores
SUMARIO:
Considera competente a la Justicia Nacional del Trabajo para entender en una acción de amparo deducida por la Asociación de Conciliadores Laborales de la República Argentina, en representación de los intereses de los conciliadores laborales que actúan en el SECLO, a fin de que se deje sin efecto la aplicación de la Ley 27.348 -que reforma la Ley de Riesgos del Trabajo- por entender que afecta derechos adquiridos, dado que les quita incumbencia en los reclamos regidos por la nueva ley y, por ende, les impide el cobro de honorarios tal como los venían percibiendo. Considera que más allá de su admisibilidad final, la norma impugnada se proyecta sobre aspectos esenciales del Derecho del Trabajo y, en consecuencia, rige lo previsto en el art. 21 inc. a) de la ley 18.345.