ORDENAN DEVOLVER LOS DESCUENTOS A DOCENTES POR LOS DÍAS DE PARO
SUMARIO
Corresponde hacer lugar a la denuncia de incumplimiento respecto de los descuentos efectuados a los docentes por los días de paro y del pago del suplemento establecido en el artículo 2 de la resolución conjunta 478 DGCE y 31 ME, ordenando a la DGCE que se abstenga de realizar tales descuentos y, en caso de haberse efectivizado, deberán devolverse inmediatamente; igual alcance para el caso de los subsidios a los establecimientos privados los cuales, de haberse devuelto con fundamento en los días de paro, deberán reintegrarse, toda vez que a pesar del esfuerzo semántico desplegado por la autoridad informante, surge sin hesitación que del salario regular y habitual mensual del docente, se le descontó del cómputo el pago de los días en los que haya adherido al paro, lo que restringe su libertad a la hora de decidir su adhesión o no y, en consecuencia, aparece incumplida la medida cautelar dictada con anterioridad.