Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala F de Capital Federal, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
24/11/2016
RENUNCIA DE DERECHOS INDISPONIBLES EN MATERIA COMERCIAL
Enviado el 26/12/2016
Cualquier renuncia de derechos impuesta en el contrato de apertura de la cuenta corriente bancaria o en el contrato de tarjeta de crédito que implique derechos derivados de la ley que regula la materia -Ley N° 25.065-, configuraría una cláusula nula por receptar una renuncia de derechos indisponibles dado que, mediante un simple recurso instrumental y bilateral incorporado a una norma de carácter privado en beneficio de las entidades bancarias, se violaría toda la protección legal de orden público establecida en la norma de referencia.
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