DISPONEN QUE LA POLICÍA DE SALTA BRINDE CAPACITACIÓN A SUS EFECTIVOS SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO
En el marco de una causa por medio de la cual una agente policial solicitó que se adopten medidas de protección necesarias contra el hostigamiento que viene sufriendo en su trabajo en una comisaría desde el año 2015 mientras se encontraba gestando su embarazo, ordena al comisario a cargo que se abstenga de ejercer actos de violencia física o psíquica personalmente o por parte de sus subalternos, o de insultar, agraviar o proferir palabras groseras o amenazar de alguna manera a la denunciante y, además ordena que se le restituya la suma equivalente a los días en que fue suspendida durante el usufructo de la licencia por maternidad. Asimismo dispone que la Policía de la Provincia de Salta brinde capacitación a sus efectivos sobre violencia laboral e institucional con perspectiva de género y ordena instruir a la Dirección de Recursos sobre el tratamiento que debe darse a las mujeres con licencia por maternidad. Entiende que la funcionaria fue víctima de violencia psicológica mientras se encontraba embarazada, sufriendo un trato humillante y un hostigamiento constante, con restricciones infundadas, que lejos de proteger la situación de maternidad, la misma fue utilizada como una causa de discriminación. Considera que la situación planteada constituye sin dudas un supuesto de violencia de género