LA MUNICIPALIDAD DE CÓRDOBA DEBE PERMITIR QUE UN AUTOMOVILISTA PROSIGA EL TRÁMITE PARA RENOVAR LA LICENCIA DE CONDUCIR PESE A LAS MULTAS
Ordena a la Municipalidad de Córdoba proseguir con los trámites tendientes a la renovación de la licencia de conductor del accionante, con prescindencia de la existencia de actas de infracción pendientes de pago y, en caso de reunir todos los demás requisitos exigidos por la ordenanza y reglamentación vigente, de habilitarlo provisoriamente para conducir automotores hasta tanto recaiga sentencia definitiva. Considera verosímil la afirmación del amparista de entender que la Municipalidad le niega la posibilidad de renovar su carnet de conductor con fundamentos que podrían resultar ilegítimos y arbitrarios, pues en ningún momento se hace referencia a que las multas impagas tengan resolución firme de juez competente, como prevé la cláusula sexta del convenio de adhesión del Municipio al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. En relación al peligro en la demora queda evidenciado con sólo recurrir a las reglas de la experiencia, porque nadie puede negar hasta qué punto importa hoy una restricción al derecho de tránsito y libre circulación el verse impedido de conducir un automotor, resultando un medio para el ejercicio de otros derechos como el trabajo, la recreación, la salud, etc