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29/04/2016

AUMENTO TARIFA GAS. CAUTELAR. DICTAMEN PROCURADORA DESFAVORABLE

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la decisión de primera instancia que había hecho lugar a la medida cautelar de no innovar solicitada por Asociación Civil de Defensa de los Consumidores y Usuarios (ACUBA) para que la empresa proveedora de gas suspenda la aplicación de los incrementos a la tarifa del gas dispuestos por la Secretaria de Energía y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), para los partidos de General Pueyrredón, General Alvarado, Balcarce y Mar Chiquita.

Los magistrados sostuvieron que “debía merituarse la desprotección en la que muchas veces se encuentra el administrado, máxime cuando se discutía sobre la provisión del servicio de gas, como así también el interés superior que representa el Estado. Así, consideraron “abusiva y exorbitante la actualización de la tarifa en cuestión”.-

Ante el recurso de la empresa de gas, la procuradora fiscal subrogante ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Adriana García Netto, estimó que “tiene razón la recurrente, pues la sentencia tiene por configurada la verosimilitud del derecho alegando en forma dogmática que el cuadro tarifario adopta una regulación exorbitante y abusiva, y que el acatamiento del pronunciamiento de grado por parte de la distribuidora de gas constituía un indicio favorable para decidir de tal forma, sin referirse en concreto al régimen establecido”.

Concluyendo que “La ausencia de examen en este sentido torna a la sentencia en arbitraria por carecer de fundamentación suficiente. Lo expuesto, vale aclarar, no significa emitir opinión sobre la validez o invalidez constitucional de las normas cuestionadas, pues todo ello será objeto de examen en oportunidad de dictarse la sentencia sobre el fondo de la cuestión”.

 

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