NOTIFICACION BAJO RESPONSABILIDAD. NULIDAD
La Cámara Comercial, Sala C, declaró la nulidad de la notificación bajo responsabilidad de la parte actora de un mandamiento de intimación de pago, por considerar que hubo incertidumbre acerca de si el notificado pudo ejercer su derecho de defensa a pesar que el Oficial de Justicia informó que al entregar el mandamiento una persona le respondió que la requerida “vivía allí”.
Existiendo dos chapas con numeración distinta en el inmueble con dos puertas de acceso diferenciadas, la Cámara consideró que existía “un estado de duda acerca de si la notificación se practicó de forma efectiva en el domicilio en el que tiene su sede la sociedad”, concluyendo que “se ha dado en el caso una situación de incertidumbre acerca de si se garantizó o no el efectivo ejercicio del derecho constitucional de defensa, y ello conduce a inclinar la decisión en favor de admitir la tacha de nulidad, a efectos de mantener la incolumidad de la jerarquía de normas en nuestro ordenamiento jurídico, lo que es un deber del tribunal”.