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Provinciales \ Buenos Aires \ Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Mar del Plata
30/12/2015

APLICACION NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL. ART. 7

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata ordenó a las partes, en el marco de un juicio de divorcio, que readecúen sus pretensiones a la normativa contemplada en el nuevo Código Civil y Comercial, atento que no existía sentencia definitiva, no habiendo operado cambio de estado para las partes. De tal forma afirmaron que el proceso se veía alcanzado por la regla de aplicación inmediata de  la nueva  ley de  fondo (art. 7 del CCyC), en  tanto establece  la aplicación de sus normas a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes a la fecha de su entrada en vigencia.-

 

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