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doctrina | Familia

EL CICLO DE LA VIOLENCIA Y SU RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO CIVIL

Las víctimas de Violencia Familiar no son masoquistas ni obtienen satisfacción alguna del hecho de vivir amenazadas y dañadas, quedan atrapadas en un ciclo de violencia, aprenden la impotencia y se identifican con el agresor como defensa cuando creen que su poder es total y que ellas han perdido el control sobre sus vidas. Ser maltratada por un ser querido lleva a un callejón sin salida aparente: ni opciones ni energía”.

                                                                                                                                   Graciela Ferreira[1]

 

I). Introducción

Las mujeres agredidas no están siendo constantemente agredidas ni su agresión es infligida totalmente al azar[2]. Las situaciones de violencia que se dan en una relación de pareja de parte del que ejerce violencia, generalmente se repiten de manera cíclica, como si fueran las vueltas de una calesita, en donde se vuelve siempre al mismo lugar o situación, una situación de angustia y malestar para la persona en situación de violencia. Frente a esto, el procedimiento debe ser un elemento que contribuya a la protección de las personas en situación de violencia.  

El ciclo de violencia ha sido explicado infinidad de veces. Desde ya no es la idea hacer un paneo acabado de todo lo que significa el mismo y cuáles son las nuevas discusiones e interpretaciones que giran en torno el tema. La idea de este artículo es relacionar las fases del ciclo de la violencia con el procedimiento civil de violencia familiar.

II). La explicación del funcionamiento del ciclo

La comprensión de este ciclo es muy importante si queremos aprender cómo detener o prevenir los incidentes de agresión. Este ciclo también ayuda a explicar cómo llegan a ser víctimas las mujeres agredidas, cómo caen dentro del comportamiento de invalidez aprendida, y porqué no intentan escapar[3].

El “ciclo” significa que luego de determinadas fases se retornara a la primera como si fuera un círculo, este no siempre se va a dar de la misma manera, sino que las situaciones que configuran cada fase van a cambiar. Esto depende de cada caso.  

Las tres fases del ciclo de la violencia no son momentos separados y aislados, sino que son un hilo de situaciones continuas e ininterrumpidas que se dan en la relación de pareja en donde hay situaciones de violencia. No podemos decir con precisión: “acá terminó una fase y comenzó otra”, podemos decir que esta serie de sucesos responden a una determinada fase y el agravamiento de una situación o situaciones sugieren la presencia de otra, los límites no son claros, sino que las situaciones de violencia cotidiana los marcan[4].

La delimitación de una fase de la otra es una forma didáctica para comprender el ciclo. Por otro lado en cada fase no siempre se van a dar las mismas situaciones, sino que en cada pareja se dan situaciones de violencia de forma particular, en donde puede haber convergencia o no de tipos de violencia (física, sexual, psicológica y/o económica). En un ciclo la fase aguda pueden ser episodios de violencia sexual y psicológica, en otra episodios de violencia física y/ verbal, etc.

III). Las tres fases del ciclo de la violencia y su relación con el procedimiento civil

a). La fase de acumulación de tensión

En el comienzo el ambiente en el que se encuentra la pareja suele ser relajado y la comunicación parece fluir bien. Luego comienzan a manifestarse pequeños y diversos gestos, que podemos interpretar como demostraciones en general indirecta de desaprobación en cuanto a la conducta de la mujer como madre, esposa, trabajadora, etc., que pueden traslucirse en gestos de desagrados o impaciencia en su cara. Se empieza a crear un marco de tensión donde las constantes discusiones o etapas en donde no se dirigen la palabra pueden durar desde días o hasta años. La mujer empieza a captar las señales de malestar del hombre primero con sorpresa o dolor y luego se pregunta qué es lo que en su actuar provoca este tipo de conductas, tratando de hacer cualquier cosas para evitar estos estados de tensión[5].

Esta fase se caracteriza por la aparición de conflictos, enojos y reacciones violentas aisladas. La mujer siente que ella puede controlar la situación en tanto haga todo aquello que impida que el hombre se enoje y la golpee. Para sentir la situación bajo control, la mujer debe negar sus propias sensaciones de molestia y malestar y comienza a internalizar el razonamiento del agresor, aquel que atribuye la responsabilidad de la situación a faltas, errores o provocaciones realizadas por ella. Se pueden producir golpes menores pero lo que la caracteriza es la violencia psicológica. La mujer intenta calmar a su compañero a través de conductas que anteriormente le han resultado exitosas, por ejemplo siendo cariñosa, complaciente o evitando “entrometerse” en los asuntos de él. De esta forma la mujer inconscientemente, hace saber a su pareja que acepta su abuso como un hecho “legítimo” dirigido contra ella[6].

La ocurrencia de dificultades es minimizada y se niega el conocimiento adquirido a través de la experiencia, de que a esta tensión sobreviene el episodio de golpes. Progresivamente el control de la situación se va perdiendo. Por su parte, el agresor no intenta controlarse, legitima sus reacciones violentas en una serie de creencias y estereotipos de la relación hombre-mujer y atribuye la responsabilidad de lo ocurrido al accionar de la mujer. En tanto sabe que su conducta no es correcta, comienza a temer que la mujer lo abandone y reaccione aumentando su opresión y su control sobre ella. Los ataques verbales se hacen más fuertes y humillantes, la tensión y el miedo aumentan[7].

La persona en situación de violencia generalmente resiste creyendo en un cese automático de los actos perturbatorios, por eso generalmente la denuncia no se realiza, sino que la persona en situación de violencia “espera que lo malo pase”. Puede que pese a encontrarse en una situación en la que no aflore el conflicto o la agresión extrema, el sometimiento de la víctima no cesa y por consiguiente, ésta no se encuentre en una situación de libertad suficiente para tomar decisiones desvinculadas de esa relación de subordinación[8].

b). La fase aguda

En esta fase, las situaciones que se daban en la fase de acumulación de tensión se agravan y ya no responden a ningún control. La pérdida del mismo y el grado de destrucción diferencian a la fase anterior[9]. En este estado, la violencia puede ir desde empujones, cachetadas, puñetazos, patadas, lanzamiento de objetos o golpes con estos, hasta ataques con armas. Puede durar desde unos pocos minutos hasta días.

Luego la violencia se detiene ya sea porque el hombre recapacita sobre lo que está haciendo o ya sea porque la mujer abandona el hogar, llama a la policía y/o requiere hospitalización. A medida que la agresión va sucediendo el hombre se siente con más derecho para solucionar los conflictos de esta forma y sus sentimientos de culpabilidad van inversamente disminuyendo.

En esta fase, generalmente la persona en situación de violencia entablará la denuncia a los fines de solicitar la adopción de una/as medida/as de protección que resguarden a su integridad y/o a la del grupo familiar. Sin embargo las fases del ciclo no han culminado y dan la vuelta (de ahí se nombre “ciclo”) a otra fase que influye directamente en el procedimiento y en la actitud de la denunciaste en la prosecución del mismo.

c). La fase de reconciliación o de luna de miel

Paralelamente a este shock comienza la tercera fase llamada luna de miel, en la que el hombre luego de las agresiones comienza a dar señales de arrepentimiento por su conducta y se vuelve repentinamente cariñoso, ofrece salidas, regalos o simplemente se muestra más atento y colaborador. El hombre plantea recomenzar todo de nuevo, sabe que se ha sobrepasado e intenta reparar, se siente culpable y lo hace saber, pide perdón y cree verdaderamente que nunca más volverá a golpear y que con la ayuda de ella las cosas andarán mejor. Cree también que la mujer ha aprendido la lección por lo que no necesita recurrir nuevamente a los golpes. Trata de demostrar esto planteando un cambio de actitud dejando de beber, de ver a otras mujeres, otros amigos o cualquier otra cosa que altere a la pareja. En su arrepentimiento recurre a otras personas vinculadas con la pareja, con la familia de origen, quienes tienden a alinearse con el sufrimiento de él.

Cabrera indicó que en ese plazo de arrepentimiento es cuando la mujer dice que quiere levantar la denuncia o que se archive. Al desatarse la situación de violencia vuelve la denuncia[10]

En esta fase, posiblemente la denunciante desista de la acción entablada creyendo en los cambios de personalidad del denunciado y en la innecesareidad de la continuación del procedimiento (como por ejemplo en ver las resoluciones judiciales tomadas, concurrir a las reuniones con el letrado interviniente, audiencias o citaciones, etc.). Esta actitud renuente a continuar con el procedimiento iniciado primero invisibiliza lo realizado, impide el seguimiento de las medidas dictadas y por ende eventualmente accionar frente a nuevas situaciones de violencia, ya que el ciclo se reinicia y probablemente ocurran hechos nuevos de igual o de mayor entidad[11].

IV). Ejemplo jurisprudencial

En un fallo se menciona al ciclo pero desde el punto de vista del operador del derecho como encargado de cortarlo.  

En el fallo, el demandado interpone un recurso de apelación en contra de la resolución dictada por la que se ordena la exclusión del hogar, con prohibición de ingreso y acercamiento al mismo y a cualquier lugar en que resida y/o habitualmente frecuente M. E. O., bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 239 del CP, autorizándose el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario. Se agravia el apelante de lo resuelto basándose únicamente en los elementos probatorios arrimados por la actora sin que él tuviera oportunidad procesal de ejercer su derecho de defensa. Afirma que las desavenencias en la pareja, los roces y enfrentamientos surgieron cuando dos de las hijas del matrimonio, por distintas razones de índole personal, retornaron al hogar modificándose la organización familiar y su ritmo de vida, siendo que las hijas trabajan y él y su señora se hicieron cargo del cuidado de los cuatro nietos, sus obligaciones escolares, etc.

 Se confirma la resolución que ordenó la exclusión del hogar del demandado, pues si quien denuncia la violencia intrafamiliar vuelca en las actuaciones suficiente acreditación que lleva a sospechar al juzgador de la realidad de los hechos denunciados, basta ello para adoptar las medidas que autoriza la ley, en tanto se prioriza la extirpación del mero peligro de que los actos denunciados continúen produciéndose y sus efectos, teniendo en cuenta la premura con que debe llegar la respuesta jurisdiccional a los efectos de enervar, controlar o diluir el conflicto que presenta características violentas y altamente riesgosas.

En la parte resolutiva dice que cuando las discusiones familiares alcanzan el grado de descalificación, humillación y mal trato, y esta conducta, que se vivencia como una situación de agresión psicológica contra la persona, se reitera en el tiempo, debe ser erradicada, se debe cortar este ciclo de violencia impidiendo el acceso a esa última etapa y por tanto la concreción de daños irreparables[12].

V). Conclusión

Como conclusión, es importante informar sobre las fases del ciclo de la violencia y relacionarlas con el procedimiento de violencia familiar, ya que el desconocimiento de estos conceptos puede repercutir negativamente en la protección de las personas en situación de violencia y en un desarrollo adecuado del procedimiento.

 

[1] FERREIRA, Graciela B, Cartilla para profesionales del derecho y funcionarios del Poder Judicial, Asociación Argentina de Prevención contra la violencia familiar AAPVF, pág. 8-10, http://www.aapvf.com.ar/archivos/Judicial.pdf, fecha de consulta: 30/12/16

[2] WALKER, Leonor, La Teoría del Ciclo de la Violencia, The Battered Women, (Las Mujeres agredidas), Harper and Row Publishers, Inc. Nueva York, 1979. Traducido por María del Roció Cordero, pág. 1

[3] WALKER, Leonor, La Teoría del Ciclo de la Violencia, art citado, pág., 2

[4] Con respecto a los distintos tiempos de la pareja y su relación con el ciclo, Walker sostiene en relación a la primera fase que muchas parejas son expertas para mantener esta primera fase a un nivel constante por largos períodos de tiempo. Ambos quieren evitar el incidente agudo de agresión. Una situación externa con frecuencia trastornará este delicado balance (Walker, Leonor, art citado, pág., 3).

 

[5] “S.B.E.I s/ lesiones leves”, CNCrim y Correccional Sala V, 21/05/2009, elDial.com AA5413, publicado el 27/07/09.

[6] “S.B.E.I s/ lesiones leves”, CNCrim y Correccional Sala V, 21/05/2009, fallo citado

[7] MACHUCA, Andrea, Apoyo Psicológico a mujeres víctimas de violencia, Universidad Católica de Chile, 2011, http://www.psykhe.cl/index.php/psykhe/article/view/375, fecha de consulta 12/12/2015

[8] Excma. Cámara Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA, Sala III, in re, Bisignano, Oscar Genaro s/ infracción. art(s). 149 bis, Amenazas CP (p/ L 2303) ‖, 25/10/2012, Causa Nº 00536300000/10, del voto de la Dra. Silvina Manes.

[9] En un artículo del Diario Clarín, se plantea que es difícil que es cortar la relación con un varón manipulador y controlador que seduce, maltrata, pide perdón, golpea, amenaza, amedrenta, llora, empuja, ahorca. Han estado alienadas, incapaces de tomar una decisión, pero algo las despabiló: una certera amenaza de muerte, golpes que obligaron una internación, un cuchillo en la cabeza de un hijo (IGLESIAS, Mariana, ¿Por qué cuesta tanto dejar a los maridos maltratadores?, Diario Clarín, 26/11/16, http://www.clarin.com/sociedad/cuesta-dejar-maridos-maltratadores_0_r15u0NUfx.html, fecha de consulta: 15/12/16).

 

[10] Violencia de género: cada vez más denuncias para perder la invisibilidad, Diario El Popular, 19/03/14 http://www.elpopular.com.ar/eimpresa/183572/violencia-de-genero-cada-vez-mas-denuncias-para-perder-la invisibilidad, fecha de consulta, 07/01/16

[11] Desde ya esta actitud de la parte denunciante se entiende conforme el ciclo que estamos explicando y no quita la oficiosidad que debe reinar en este procedimiento establecida expresamente en la ley 26485.

[12] O. M. E. c/ I. S. C. s/ medida de protección de derechos, Cámara de Familia de Mendoza, 6-may-2013, MJ-JU-M-78650-AR | MJJ78650 | MJJ78650