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LA JUSTICIA BONAERENSE OBLIGÓ AL ESTADO A DARLE LICENCIA POR MATERNIDAD A UNA MADRE NO GESTANTE

Se trata de Malena Díaz Reck, empleada de ARBA. Junto a Natalia, su pareja, serán madres en enero. Como Natalia es la embarazada y no ella, en su trabajo le ofrecían 3 días de licencia.

En un fallo que sienta precedente, la Justicia de la provincia de Buenos Aires dictaminó ayer que el Estado provincial deberá darle licencia por maternidad de 90 días con goce de sueldo a Malena Díaz Reck, madre no gestante.

Malena Díaz Reck es empleada de ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) desde 1999. Tiene 44 años y hace casi 20 que trabaja allí. Luego de varios tratamientos de fertilidad, Natalia Pagano, su pareja, está embarazada y serán madres en enero. Cuando comenzaron los trámites por sus licencias a Malena le dijeron que, como no era ella la madre gestante, no le correspondía la licencia de 90 días.

El artículo 43 del estatuto del empleado público (ley 10430), que establece las licencias por maternidad, paternidad y alimentación y cuidado del hijo, otorga una licencia de 90 días para el personal femenino y 3 para el masculino. Nada dice de madre gestante o no gestante.

El 7 de agosto Malena presentó ante su empleador un pedido formal por licencia por maternidad. Como no tuvo respuesta y el tiempo apremiaba (la fecha de parto es el 16 de enero), decidió hacer una presentación en la Justicia que ayer  falló a su favor por lo que el Estado provincial deberá darle la licencia con goce de sueldo de 90 días.

Hay un antecedente en la ciudad de Buenos Aires: el 31 de octubre la Justicia ordenó al Gobierno de la Ciudad otorgar licencia de 120 días por maternidad a una mujer no gestante en el marco de un matrimonio igualitario. La mujer es docente de Lengua en un secundario porteño.

El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata
además exhorta a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires para que modifique la legislación vigente del régimen de licencias. "Está establecida como un binomio, con rol madre/padre, mujer/ varón. Va en contraposición a la nueva ley de matrimonio igualitario, a la ley de identidad de género, de fertilización asistida. Es un régimen de familia heteropatriarcal, donde a las mujeres se les concede 90 días mientras que al padre sólo 3. Ubica a la mujer en un rol de cuidado de los hijos y al hombre en el lugar de proveedor. Eso también genera una situación de desigualdad ante las nuevas conformaciones de familia y también para las familias heterosexuales", explica su abogada Luz Santos Morón.

Malena recibió la noticia en su trabajo: estaba en la oficina, en ARBA, cuando su abogada la llamó. Como no llegó a atender se enteró a través de un audio de WhatsApp. "Primero no caía. Me fui al baño y volví a la oficina llorando", cuenta. Rápidamente se encargó de reenviar el audio con la buena noticia a todo el mundo. Desde ya, primero a Natalia, su pareja, y luego a sus compañeros de militancia en Pan y Rosas-PTS.

Reconoce que no tenía mucha fe, creía que no iba a salir, que era su abogada la que tenía más esperanzas. Por eso ya había decidido que pediría una licencia sin goce de sueldo porque "cumpliendo el horario laboral, que son 8 horas, no me queda tiempo para estar con Brunna, para cuidarla, para construir ese vínculo. Si había decidido tener hijos es para compartir todo con ellos y cuidarlos".

Brunna, la hija que espera junto a Natalia, llegará el 16 de enero. Hoy Malena tenía que ir a comprar el colchón para la cuna, "pero con todo esto no lo pude hacer", explica entre risas y agrega: "La estamos esperando planchando la ropa, viendo qué falta, haciendo el bolso. Somos primerizas, es todo nuevo. Estamos tranquilas y muy bien acompañadas".