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IGUALDAD DE GÉNERO: LAS EMPRESAS DE COLECTIVOS DEBERÁN CONTRATAR MUJERES

La Justicia ordenó que la medida deberá alcanzar el cupo del 30%; por el momento sólo incluye a tres empresas del área metropolitana

La Justicia ordenó a tres empresas de colectivos del área metropolitana de Buenos Aires contratar mujeres hasta alcanzar el cupo del 30 por ciento de la planta, y reconoció que “hubo discriminación de género” contra aquellas que buscaron trabajo como choferes, informó este miércoles la Defensoría General de la Nación (DGN).

La sentencia, dictada por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, también instó a las “autoridades ejecutivas y legislativas” a establecer una “reglamentación específica para compensar las ilegítimas desigualdades” con el fin de revertir la discriminación por género en el acceso de las mujeres a los puestos de trabajo.

"La obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación recae sobre todos los poderes del Estado, pero también sobre los particulares", escribió la jueza Graciela González, quien también consideró probada la exclusión de las mujeres como choferes de colectivo.

Las empresas fueron demandadas por Érica Borda a través de un recurso de amparo, y la DGN brindó patrocinio jurídico tanto en el reclamo individual como en una acción colectiva con el fin de cuestionar la “discriminación estructural en el acceso al empleo por motivos de género”.

El Ministerio de Producción y Trabajo también fue demandado en su calidad de autoridad de aplicación, para que adopte las medidas necesarias para terminar con las “prácticas discriminatorias que afectan a las mujeres en el acceso al trabajo en el sector”, agregó la DGN en un comunicado.

La jueza dispuso que el Ministerio de Trabajo tenga en cuenta la sentencia al momento de “renegociar” el convenio colectivo de trabajo, a fin de actualizar su contenido a las “pautas culturales actuales”.