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miscelaneas

Wasilczuk Lorena Noemi c/ Defelippis Miriam s/ daños y perjuicios (fuente INFOJUS)

Una empresa de organización de eventos contratada para la celebración de la boda de la actora debe responder por no cumplir con el servicio de catering, vajillas, mozos y seguridad en la forma pactada. Considera que de las declaraciones testimoniales brindadas surge que efectivamente la cantidad de comida fue insuficiente, las porciones pequeñas, como así también que los distintos cortes de carne se acabaron rápidamente, no alcanzando para todos, y que además, fueron robados varios regalos, esta situación, configura un cumplimiento defectuoso de la obligación que da lugar al resarcimiento del daño patrimonial efectivamente acreditado. 

Abriendo el link se accede a la sentencia.

 

Extraído del link: http://www.infojus.gob.ar/una-empresa-organizadora-eventos-debe-responde...