LA JUSTICIA ROSARINA DETERMINÓ QUE LA CUOTA ALIMENTARIA DEBE PAGARSE HASTA LOS 21 AÑOS
Si bien el Código Civil indica que puede alcanzar los 25 años si el reclamante estudia, para los jueces, además, debe quedar demostrado que no trabaja
Un fallo de la Justicia rosarina estableció que la cuota alimentaria cesa al alcanzar los hijos la edad de veintiún años. De esta forma, el derecho no se extiende automáticamente hasta los veinticinco años para el caso de los hijos que están estudiando.
Así lo resolvió la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, con la firma de sus tres jueces Marcelo Molina, Jessica Cinalli y Mario Chaumet.
El fallo deja establecido que el hijo mayor de 21 años y menor de 25 debe demostrar la prosecución de estudios o preparación profesional.
Es decir, que esos estudios o preparación se hayan iniciado al alcanzarse la edad de veintiún años y que, como consecuencia de ello, el beneficiario esté impedido de proveerse de los medios necesarios para sostenerse independientemente, conforme lo establece el Código Civil y Comercial. Además debe quedar demostrado que no trabaja.
Del fallo también se deduce que si la cuota alimentaria hubiese sido fijada para un sólo hijo, cesa a los veintiún años sin necesidad de ninguna declaración judicial, excepto la orden en su caso al empleador para que cese también la retención.
En el caso de que fuera para varios hijos sí se deberá iniciar una reducción de cuota alimentaria para establecer cuánto le corresponde a los hijos menores de 21 años.