NIÑA QUE FUE INFECTADA CON HIV GANÓ JUICIO A MSP
También condenaron a dos mutualistas; recibió transfusión con sangre contaminada siendo bebé. El Juzgado Civil de 3° Turno condenó al Ministerio de Salud Pública (MSP) y a dos centros asistenciales privados al pago de $ 2 millones más reajustes e intereses legales desde 2002 a una adolescente y a su familia por haber sido infectada con HIV en una transfusión de sangre cuando era una bebé.
La falla en los controles ocurrió en el intercambio de sangre entre varias instituciones médicas, según señala la condena a la que tuvo acceso El País. El reciente fallo también responsabiliza a una mutualista por demorar ocho años en realizar un examen de HIV a la paciente pese a que una internista, que la trataba en ese centro, así lo estableció al constatar las continuas infecciones de la niña a los cuatro años de edad. La "tardía constatación" que la menor —hoy con 15 años— tenía HIV generó que la enfermedad pasara a un estadio Síndrome Inmunológico de Insuficiencia Adquirida (Sida).
En los ocho primeros años de vida, la niña vivió un verdadero calvario. "Isabel desde su nacimiento hasta la actualidad ha transcurrido su corta vida entre internaciones, intubaciones, exámenes médicos, ingesta de medicamentos, intervenciones traumatológicas, entre otras, lo que deja en evidencia el padecimiento sufrido por una enfermedad que la condicionará por el resto de su vida, lo que es constitutivo del daño moral que debe ser resarcido", señala el fallo de la jueza Civil de 3° Turno, Claudia Muguiro.
En los primeros años de vida, la niña sufrió una sepsis generalizada que obligó su internación. "También ha quedado demostrado, como ilustran los peritos, que las complicaciones que llevaron a las amputaciones de los dedos del pie izquierdo ocurrieron en el contexto de la sepsis con fallo multiorgánico que determinó el ingreso de la entonces niña (hoy adolescente) en marzo de 2011, donde permaneció por un prolongado período de tiempo, intubada y ventilada. Existe la probabilidad, no la certeza, de que la infección haya estado relacionada con el virus en cuestión (HIV) en cuestión por ser facilitador de las mismas", dice Muguiro en el fallo.
Enseguida agrega: "Entonces, está probado con alto grado de probabilidad que se transfundió sangre contaminada a Isabel trasmitiéndole el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)".
La magistrada advierte que "es razonablemente presumible" que esta enfermedad haya propiciado la infección que terminó en la sepsis y la falla multiorgánica de la niña que originó su internación en CTI en marzo de 2011 y finalizó con determinados daños cuya reparación integral se reclama ante la Justicia Civil.
La transfusión.
La demanda civil por daños y perjuicios fue iniciada el 26 de setiembre de 2014 por la abogada Daniela Della Valle en representación de Isabel y su familia. Los abogados de los demandados alegaron, por su parte, que no quedaba claro dónde ocurrió el error que generó la transfusión de sangre contaminada a la bebé.
La jueza, citando a los peritos, sostuvo que la vía de infección más frecuente en los niños es la vertical, o sea la transmisión desde la madre durante el embarazo, el parto o la lactancia. Sin embargo, se descartó que ambos padres de la menor tuvieran HIV, dice la jueza.
Según el fallo, la entonces bebé recibió varias transfusiones de sangre provenientes de 21 donantes de tres instituciones privadas en el marco de un intercambio de bancos de sangre. De éstos, 14 se probó que su serología de VIH se mantuvo negativa con el correr del tiempo. De los otros siete donantes no hay registros en el MSP reportados como VIH o Sida.
La magistrada señala en su fallo citando a los peritos: "También es cierto lo contrario, Al no tener resultados posteriores de esos siete donantes no se puede descartar que alguno no hubiera estado en el período ventana al momento de donar y que el resultado de VIH resultara negativo justamente por estar en ese período". El fallo fue apelado por los demandados.
La trazabailidad de la sangre con HIV
INTERCAMBIO."Dadas las características del cuadro clínico, y la urgencia con la que se realizaron las transfusiones, los volúmenes de hemocomponentes fueron provistos de diferentes Centros de Hemoterapia de Montevideo, obtenidos a través del programa de intercambio", sostuvo la Jueza Civil de 3° Turno, Claudia Muguiro.
RESPONSABILIDAD. "Por lo tanto, la sola circunstancia de que los siete donantes, no tuvieran registro de VIH positivo posteriormente al 2002 en el Departamento de Vigilancia en Salud del MSP, no constituye causa suficiente para deslindar la responsabilidad de esta Secretaría de Estado (MSP) en su función de contralor a nivel nacional de las actividades del Programa de Prevención de Sida Transfusional, porque en realidad no pudo determinar con certeza cuál de esos siete donantes pudiera estar contaminado con el virus que a la postre le fue trasmitido a Isabel".
DEMORA. "Hay responsabilidad de la mutualista por haber diagnosticado a Isabel como VIH positivo a los 8 años de edad, cuando está demostrado que la infección se produjo en los 6 primeros meses de vida y cuando la niña tenía 4 años una médica de la institución prescribió el examen atento a sus antecedentes de paciente politransfundida. En esta temática, no puede dudarse que el diagnóstico (de HIV) fue tardío, así lo explícita la pericia realizada en una Junta Médica".