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SE AVANZA EN VIRTUALIZAR LA JUSTICIA

Oficialización de la primera etapa del uso de medios electrónicos para las comunicaciones con la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. Un nuevo avance en materia de comunicaciones electrónicas.

Con fecha 28 de diciembre de 2016 (publicado en el portal web del Alto Tribunal con fecha 1 de febrero de 2017) emana la Resolución SCBA 3164/16 que hace referencia a la oficialización de la primera etapa del uso de medios electrónicos para las comunicaciones con la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

De su texto surge como antecedente que “…la Suprema Corte dictó la Resolución N° 2757/12 a fin de implementar - en carácter de prueba piloto - la comunicación electrónica de las disposiciones referidas a la anotación de medidas cautelares reinscripciones de las mismas, sus levantamientos y/o modificaciones que sea ordenadas por los Juzgados habilitados, así como la respuesta generada por l Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.”

Esta prueba piloto se llevó a cabo en los Juzgado Civiles y Comerciales Nro. 1, 10, 14, y 17 de La Plata.

Recordemos que mediante Resolución SCBA 1799/16 se aprobaron los textos de los modelos estandarizados de documentos judiciales destinados a la Dirección Provincia del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires y se dispuso que  partir del 1 de septiembre de 2016 todos los órganos judiciales debían libra indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos a la Dirección Provincia del Registro de la Propiedad, utilizando los textos de eso modelos, siendo los mismos de uso obligatorio

Conforme lo anterior, en el dia de la fecha se resuelve oficializar la primera etapa de implementación, en la que los órganos judiciales de los Fueros Civil  Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo, Penal, de Responsabilidad Penal Juvenil y de Paz del Departamento Judicial La Plata deberán utilizar solamente  y en carácter obligatorio, los medios electrónicos dispuestos al efecto para comunicar los acto jurídicos reflejados en los documentos judiciales que han sido estandarizado por Resolución N° 1799/16 -y normas complementarias- en relación a los inmuebles sitos en los partidos del Berisso, Coronel Brandsen, Ensenada General Paz (Ranchos), La Plata, Coronel Dorrego, Esteban Echeverría, Ezeiza General Madariaga, Lobería, Merlo, Monte Hermoso, Necochea, Pinamar, San Cayetano, Trenque Lauquen y Villa Gesell.

A resumidas cuentas, todos los órganos de los fueros mencionados del Departamento Judicial de La Plata, deberán canalizar únicamente mediante oficio electrónico (suprimiéndose el formato papel) todas aquellas comunicaciones a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad (inscripciones de embargo, solicitudes de informes, anotaciones, etc…) exclusivamente con respecto a inmuebles ubicados en los partidos del Berisso, Coronel Brandsen, Ensenada General Paz (Ranchos), La Plata, Coronel Dorrego, Esteban Echeverría, Ezeiza General Madariaga, Lobería, Merlo, Monte Hermoso, Necochea, Pinamar, San Cayetano, Trenque Lauquen y Villa Gesell.

Los demás Departamentos Judiciales de la Provincia de Buenos Aires, deberán aguardar a que se amplié la aplicación de la presente Resolución en el corto plazo, con el objeto de beneficiarse de nueva metodología.

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