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miscelaneas

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

(Por ITE).- En el balance general y particularmente por el nuevo esquema de tramos y alícuotas, la mayoría de los contribuyentes percibirán un menor beneficio en este proyecto respecto del original que presentó el Gobierno Nacional.

El debate reciente acerca del impuesto a las ganancias llegó a su fin con un proyecto que, aunque débil en varios puntos, ha logrado un acuerdo de los principales sectores con capacidad de veto.

Luego de una primera propuesta del Gobierno Nacional que no logró el apoyo de la Cámara de Diputados por ser considerada demasiado austera, y de una contrapropuesta de diferentes sectores de la oposición que fue bloqueada por un acuerdo entre senadores y el Gobierno Nacional, finalmente se arribó a un nuevo proyecto que no tiene diferencias significativas con el original de Cambiemos.

Entre los puntos principales de la nueva propuesta se destacan:

Aumento del “mínimo no imponible”: del 22,8% (más cerca del 15% del proyecto original que del 47% de la propuesta de la oposición).
Sin deducción del aguinaldo: solo se plantea que AFIP “determinará el modo de cálculo de las deducciones previstas […], a los fines de que los agentes de retención dividan el sueldo anual complementario por 12 y añadan la doceava parte de dicho emolumento a la remuneración de cada mes del año”.
Cambios en tramos y alícuotas: se pasa de 7 tramos que van de 9% a 35% a un esquema de 9 tramos que van de 5% a 35%.
Alquiler: se podrá deducir el 40%, hasta un límite anual de $51.967, siempre que el contribuyente no sea titular de un inmueble. No hay detalles de cómo se piensa instrumentar en un mercado inmobiliario con muy bajo nivel de registración de contratos de alquiler.
Mínimo no imponible para jubilados: equivalente a 6 jubilaciones mínimas.
Incorporación de empleados y funcionarios del Poder Judicial: abarca a magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación, de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento se produzca luego de 2017.
Horas extras: está exenta la diferencia del valor entre las horas extras y las ordinarias por los servicios prestados sólo en feriados y fines de semana. Por otro lado, las correspondientes a días laborables no se consideran para determinar la alícuota máxima pero si como base imponible.
Viáticos: se pueden deducir hasta el 40% con un límite anual de $20.787.
Patagonia: se incrementan las deducciones personales en un 22% por encima de las del resto del país.
Actualización de tramos y deducciones: se realizará de acuerdo a la evolución del RIPTE cada 1º de enero.

Los puntos flojos
La propuesta plantea una nueva tabla de alícuotas y tramos, pasando de los 7 que rigen actualmente a 9, con un mínimo de 5% y un máximo de 35%. Sin embargo, la crítica que actualmente se le hace al impuesto está muy lejos de resolverse. Como puede verse en el siguiente gráfico, los tramos siguen estando muy juntos entre sí, lo que implica que en la práctica las alícuotas marginales de 5%, 9%, 12% y 15% solo correspondan a ingresos de entre $23.200 y $30.000. En los hechos, el nuevo proyecto prácticamente no se diferencia del primero presentado por el gobierno.

A su vez, al generar tantos tramos juntos, en determinados rangos salariales terminan generando alícuotas marginales que incluso son mayores que las del proyecto original del gobierno. Es por este diseño que para los casos de solteros con y sin hijos (70% del total de contribuyentes, mientras solo el 10% son casados con 2 hijos), a partir de salarios relativamente bajos el impuesto mensual es aún superior al del proyecto original.

Si consideramos la distribución actual de contribuyentes, y tomamos en cuenta que de acuerdo con la versión oficial unos 400.000 contribuyentes dejarían de pagar el impuesto (sin considerar el aumento de paritarias 2017), podemos concluir que a la mayoría de los contribuyentes (51%) les habría convenido el primer proyecto del gobierno. Esto se debe a que se encuentran en los tramos de salarios donde las alícuotas son mayores, y no cuentan con tantas deducciones (hijos y cónyuge principalmente) para hacer. (Economía Política para la Argentina)