Reproducción asistida. Hace lugar al amparo interpuesto por una afiliada tendiente a que la obra social cubra el tratamiento de fertilización de alta complejidad con donación de gametos.
SINTESIS
Reproducción asistida. Hace lugar al amparo interpuesto por una afiliada tendiente a que la obra social cubra el tratamiento de fertilización de alta complejidad con donación de gametos. Advierte que la demandada había rechazado la solicitud con fundamento en que la actora no se encontraba casada ni poseía pareja conviviente. En ese sentido, considera que por aplicación de la ley 26.862, la obra social accionada no puede establecer restricciones basándose en el estado civil de los destinatarios. Asimismo, entiende que existe un peligro en la demora que deviene de las particulares circunstancias de este caso concreto, consistente en la edad que posee la actora, 42 años, motivo por el cual el médico tratante aconseja en su indicación que el tratamiento no se dilate en tiempo.
Ver fallo en: http://www.infojus.gob.ar/una-obra-social-puede-denegar-tratamiento-fert...