Fútbol de salón. Defensa del consumidor. Muerte. Indemnización.
Fútbol de salón. Defensa del consumidor. Hace lugar a la indemnización reclamada por el hijo de un jugador de fútbol amateur que falleció en una cancha perteneciente al club demandado, luego de que impactara contra una pared de cemento a raíz de una caída. Considera que al tratarse de un contrato de locación de una cancha de futsal, resulta aplicable la normativa de la Ley de Defensa del Consumidor. En tal sentido, advierte que no existen constancias probatorias que acrediten que en el gimnasio hubieran señales de advertencia sobre la peligrosidad que entrañaba el terreno de juego, para quienes no utilizaran el calzado o la ropa adecuados, que los usuarios fueran advertidos sobre el peligro al que se exponían por superar una determinada velocidad, dentro de los límites de la cancha o sobre el riesgo de usar dicho espacio, si en su carácter de aficionados, no contaban con la pericia o destreza necesarias para el juego veloz.
Ver fallo en: http://www.infojus.gob.ar/club-deportivo-debera-indemnizar-al-hijo-jugad...