miscelaneas
Una medicina prepaga deberá afiliar al plan de sus padres biológicos a los niños gestados por sustitución
Enviado el 04/09/2015
SINTESIS
Interés superior del niño. Ordena a una empresa de medicina prepaga afiliar precautoriamente a los tres niños concebidos por gestación por sustitución al plan médico de sus padres biológicos. Considera que debe tenerse por acreditado el derecho que les asiste a estos niños a contar con la mejor cobertura médica adecuada al nivel de vida de la familia y sin limitaciones burocráticas, así como el derecho -y el deber- de su familia biológica de garantizar la tutela preventiva en la atención de la salud de los niños.
Ver sentencia en: http://www.infojus.gob.ar/una-medicina-prepaga-debera-afiliar-al-plan-su...