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ADHESION NACIONAL A LA PROHIBICION DE CARRERAS DE PERROS
Enviado el 04/03/2017
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º.- Adhiérase la Provincia del Chubut en todos sus términos y alcances a la Ley Nacional N° 27.330/16, de prohibición de carreras de perros, cualquiera sea su raza.
Artículo 2º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes
MARIANO EZEQUIEL ARCIONI Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut - EDGARDO ANTONIO ALBERTI Secretario Legislativo Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut