VENDIÓ EL AUTO A ESPALDAS DE SU EX MUJER Y LO CONDENARON POR "VIOLENCIA DE GÉNERO ECONÓMICA"
SUMARIO:
La Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento a favor del hombre, que vendió el vehículo sin darle la parte del dinero que correspondía a su ex. Determinado así que el ocultamiento de la venta de un automóvil a su ex mujer constituye "violencia de género del tipo económica".
Fallo firmado por los Dres. Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Ana María Figueroa, que declara, la inconstitucionalidad de una norma que exime de pena por los delitos patrimoniales causados por el hombre en perjuicio de la cónyuge mujer e impide la investigación de los hechos.
"La cláusula del artículo 185 C.P. expresa que exime de pena por los delitos de orden patrimonial causados por el cónyuge hombre en perjuicio de la cónyuge mujer e impide la investigación de los hechos, contraviene en forma expresa, las obligaciones asumidas por el Estado argentino al momento de ratificar la convención de Belém do Pará y la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer", dijo Hornos.
"Se presenta plenamente aplicable la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que admite la posibilidad de que los jueces ejerzan de oficio el control de constitucionalidad de una disposición normativa y la declaren de oficio inconstitucional en casos en los que la norma entra en pugna de modo manifiesto con los derechos establecidos en nuestra Constitución Nacional",
"Un tipo de violencia contra la mujer es toda conducta orientada a defraudar los derechos patrimoniales y económicos de la mujer, dentro de una relación familiar, como lo es el matrimonio", expresaron los magistrados.
Según la resolución, tal conducta hacia la mujer "constituye violencia de género del tipo económica y bajo la modalidad de violencia doméstica", que recurre a "un estado estereotipado de la mujer con dolencias psiquiátricas y, por ende, de superioridad del sexo masculino, que es preciso erradicar de la sociedad en orden a alcanzar la igualdad de género, como mandato constitucional y convencional imperativo", resaltó Hornos.