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Cámara en lo Contencioso Administrativo, sala 01 de Paraná, Provincia de Entre Ríos
17/03/2017

CONFIRMAN MULTA IMPUESTA POR EL EJECUTIVO PROVINCIAL DE ENTRE RÍOS A UNA EMPRESA QUE TALÓ UN MONTE NATIVO

SUMARIO

Corresponde rechazar la demanda de una empresa agropecuaria tendiente a declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones que actualizan las pautas de determinación del valor de las sanciones pecuniarias, en materia de protección del medio ambiente y a dejar sin efecto la multa aplicada por el Poder Ejecutivo Provincial por realizar desmonte en un monte nativo excediéndose en la superficie autorizada, toda vez que no se advierte que el ejercicio de las potestades reglamentarias por parte de la Autoridad de Aplicación o del Poder Ejecutivo, haya excedido o violado el principio de legalidad en materia de infracciones contravencionales sino que sólo especifica en detalle las conductas que ya estaban prohibidas por ley nacional, provincial y decretos del Poder Ejecutivo, y actualiza los montos de las multas sin modificar la sanción típica ni su contenido esencial, resultando improcedente la tacha de inconstitucionalidad intentada

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