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fallos | Constitucional
Federales \ Corte Suprema de Justicia de la Nación
14/02/2017

LA CSJN DECLARA QUE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS NO PUEDE REVOCAR SUS SENTENCIAS

Se encuentra fuera de discusión que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictadas en procesos contenciosos contra el Estado argentino son, en principio, de cumplimiento obligatorio para este. Sin embargo, dicha obligatoriedad alcanza únicamente a las sentencias dictadas por el tribunal internacional dentro del marco de sus potestades remediales y es precisamente con ese alcance que el Estado argentino se ha obligado internacionalmente a acatar las decisiones de la Corte Interamericana.

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