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Nacionales \ Cámara Nacional Civil- Sala F
01/10/2015

Cada vez más firme: obligación de entregar dólares.

La Sala F de la Cámara Nacional Civil, ratificó que debe cumplirse en dólares la obligación pactada en dicha moneda. Recoge la opinión de renombrada doctrina, en el sentido de que el art. 765 del CCyC no es imperativo, por lo cual no habría inconvenientes en que las partes en uso de la autonomía de la voluntad (arts. 958 y 962 CCyC) acuerden una moneda distinta.