Mensaje de error

Notice: Undefined property: stdClass::$comment_count en comment_node_page_additions() (línea 728 de /home/pensamientopenal/sitios/pensamientocivil.com.ar/htdocs/modules/comment/comment.module).

LA JUSTICIA ORDENÓ AL GOBIERNO NEUQUINO QUE MEJORE EL SERVICIO DE PEDIATRÍA DEL CASTRO RENDÓN

Lo resolvió en un fallo unánime la Cámara Civil. Les pidió a las autoridades provinciales que tomen acciones concretas para adecuar las habitaciones de aislamiento para la internación de pacientes oncológicos, la sala de juegos y el espacio destinado a la escuela domiciliaria-hospitalaria.

La Cámara Civil de Neuquén -integrada por Cecilia Pamphile y Jorge Pascuarelli– hizo lugar a la acción de amparo presentada por la defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente y ordenó al gobierno provincial que tome acciones concretas para garantizar la adecuada atención en el servicio de pediatría del hospital Castro Rendon.

Se trata de un reclamo de larga data que sostienen los profesionales que trabajan en el área de oncología pediátrica.

La adecuación implica tres puntos centrales: habitaciones de aislamiento para la internación de pacientes inmunosuprimidos que lo requieran, sala de juegos terapéutica y espacio físico para que funcione la escuela domiciliaria-hospitalaria.

En el voto de Pamphile, al que adhiere Pascuarelli, aseguró que “en el estado actual, los derechos de los niños, niñas y adolescentes no se encuentran resguardados.”

Agregó que las acciones que se han llevado a cabo “no llegan a soluciones y resultados concretos, siendo justa y contrariamente esperable, una respuesta o alternativa concreta.”

La camarista planteó que las autoridades provinciales “deberán presentar, en un plazo que no excederá de los cuatro meses, contados a partir de encontrarse firme la presente, el plan de obras a su cargo, para cuya realización deberán detallarse los plazos parciales y totales, con precisión de las fuentes de financiamiento.”

Sostuvo que el plan “estará sujeto al control judicial, en la etapa procesal de ejecución.”

La fiscalía de Estado puede apelar la resolución ante el Tribunal Superior de Justicia.